Es el pedido o solicitud que realiza el titular de una patente de invención, mediante la cual requiere que el tiempo de vigencia de la patente concedida sea prorrogado, hasta por un periodo máximo de 3 años, sólo en aquellos casos que hayan presentado su solicitud de Concesión de Patentes de Invención ante la ONAPI, a partir del 1 de marzo del año 2008, artículo 2 de la Ley 424-06, siempre y cuando se compruebe que la Dirección de Invenciones haya incurrido en un retraso irrazonable en el otorgamiento del registro de la patente, de más de cinco (5) años desde la fecha de presentación de la solicitud, o tres (3) años contados a partir de la fecha de la solicitud del examen de fondo, cualquiera que sea posterior. (Art. 2 Ley 424-06).